El derecho aduanero consta de una serie de normas de derecho público a las que deben someterse importadores, exportadores, despachantes de aduana, etc., bajo la ley 22.415, esta ley, en su artículo 453, Titulo III, régimen de garantías se encuadran las siguientes operaciones:
-
Se refiere a mercaderías de importación ingresadas al país en forma ocasional, por lo que le permite que transiten por el territorio nacional sin pagar los derechos.
-
La importación en forma temporal de mercaderías; bienes (exposiciones, espectáculos, etc.) en la medida que sean reexportadas en los plazos establecidos por la Administración Nacional de Aduanas según la mercadería que se trate. La garantía debe asegurar el importe de los eventuales tributos que gravaren la importación para consumo interno o nacionalización de la mercadería que se trate.
-
Este seguro permite la liberación de la mercadería a plaza por error o falte documentación o parte de ella (falta de conocimiento, falta de certificado de origen, etc.)
-
Cuando al ingresar una mercadería exista divergencia de criterios en los derechos a fijar por la Aduana. Se inicia un expediente tendiente a dilucidar esa diferencia.
-
Obligaciones que son asumidas por el Tomador por la administración del depósito Fiscal. Se cubren las multas que se le impongan por el mal desempeño en el cumplimiento de las normas.
-
Esta garantía surge de la Resolución General de AFIP 2220/07 y es exigida a los Importadores y Exportadores que no acreditan la solvencia económica exigida por ese Organismo conforme surge del Decreto 1214/2005, modificatorio del Decreto 1001/82 Art. 12 Inc. B. La suma asegurada es de $ 30.000 y el vencimiento de estas garantías operara todos los 31 de julio de cada año.
Cubren obligaciones que nacen de resoluciones dictadas por la Dirección General Impositiva.
- Veracidad
- Garantía Transitoria por Diferimiento de Impuestos
Tienen por objeto garantizar el cumplimiento de la actividad o profesión de que se trate de acuerdo a las normas legales o reglamentarias vigentes.
- Agencia de Turismo
- Almacenadores y/o Comercializadores de Combustibles Líquidos y/o GNC
- Martilleros, Corredores Inmobiliarios